En un transporte nacional de mercancías por carretera, ¿a qué tiene derecho el transportista en caso de impago?

  1. A A quedarse con la mercancía hasta que sean abonados los portes.
  2. B A vender directamente la mercancía hasta cubrir el precio del transporte y otros gastos originados desde el mismo.
  3. C A depositar la mercancía y solicitar que sea vendida hasta cubrir el precio del transporte y otros gastos.
  4. D A depositar la mercancía ante la Junta Arbitral y solicitar que sea vendida en cantidad suficiente para cubrir el precio del transporte y gastos que hubiesen surgido con ocasión del mismo. ✓

Respuesta correcta: D

A depositar la mercancía ante la Junta Arbitral y solicitar que sea vendida en cantidad suficiente para cubrir el precio del transporte y gastos que hubiesen surgido con ocasión del mismo.

Por qué

Puede depositar la mercancía ante la Junta Arbitral y pedir que se venda lo justo para cubrir portes y gastos. Ni quedársela ni venderla él, ni por más de lo necesario.

Normativa: Ley 15/2009, art. 40

Más preguntas de Derecho Civil