En un transporte nacional de mercancías por carretera, ¿cuándo comenzará a contarse el plazo de prescripción para las acciones de indemnización por pérdida total de las mercancías?

  1. A A partir de los sesenta días desde el momento en que el porteador se hizo cargo de la mercancía.
  2. B A partir de los treinta días desde el momento en que el porteador se hizo cargo de la mercancía. ✓
  3. C A partir de los noventa días desde el momento en que el porteador se hizo cargo de la mercancía.
  4. D A partir de los seis meses desde el momento en que el porteador se hizo cargo de la mercancía.

Respuesta correcta: B

A partir de los treinta días desde el momento en que el porteador se hizo cargo de la mercancía.

Por qué

En pérdida total el cómputo empieza a los treinta días desde que el porteador se hizo cargo de la mercancía. Ese plazo es el que permite considerarla perdida cuando no hubo plazo de entrega pactado.

Normativa: Ley 15/2009, art. 79

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