La Ley de Arbitraje, ¿se aplicará al funcionamiento de las Juntas Arbitrales del Transporte?
- A Sí, pero solo en lo no previsto por la LOTT y sus normas de desarrollo. ✓
- B Sí, en toda su amplitud y sin limitaciones.
- C Sí, pero solo en los casos en que las partes no hayan pactado su exclusión.
- D No, solo se aplicará el procedimiento previsto en la LOTT y en sus normas de desarrollo.
Respuesta correcta: A
Sí, pero solo en lo no previsto por la LOTT y sus normas de desarrollo.
Por qué
La Ley de Arbitraje actúa como norma supletoria: solo entra donde la LOTT y su desarrollo no regulan. La normativa específica de transporte va primero.
Normativa: Ley 60/2003, art. 1
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