En un transporte internacional sometido al Convenio CMR, ¿cómo se puede ejercer el derecho de disposición?
- A Basta con pedirlo al transportista por fax.
- B Basta con pedirlo telefónicamente.
- C Se debe presentar el primer ejemplar de la carta de porte, en la que deben estar escritas las nuevas instrucciones dadas al transportista. ✓
- D De cualquier forma, siempre que no se cambie la consignación.
Respuesta correcta: C
Se debe presentar el primer ejemplar de la carta de porte, en la que deben estar escritas las nuevas instrucciones dadas al transportista.
Por qué
Hay que presentar el primer ejemplar de la carta de porte con las nuevas instrucciones escritas en él. Ni un fax ni una llamada bastan: se exige el documento físico.
Normativa: Convenio CMR, art. 12
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