El remitente, según el Convenio CMR, ¿puede modificar el punto de entrega?
- A Sí, incluso después de haber sido entregada la mercancía al destinatario.
- B Sí, incluso aunque suponga dividir la consignación.
- C Sí, antes de que la mercancía se entregue al consignatario. ✓
- D No.
Respuesta correcta: C
Sí, antes de que la mercancía se entregue al consignatario.
Por qué
Puede cambiar el punto de entrega mientras la mercancía no se haya entregado al consignatario. Lo que no puede en ningún caso es dividir el envío.
Normativa: Convenio CMR, art. 12
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