Cuando un transporte internacional de mercancías, sujeto a las prescripciones del Convenio CMR, está pactado en un único contrato, pero es ejecutado por sucesivos transportistas, ¿cada uno de ellos responde ante el cargador de la totalidad del transporte?
- A Sí, una vez acepta la mercancía y la carta de porte. ✓
- B No, solo responde de los daños sufridos durante el trayecto que efectivamente realizó.
- C No, solo responde el transportista que contrató con el cargador.
- D No, solo responden el primero y el último transportista.
Respuesta correcta: A
Sí, una vez acepta la mercancía y la carta de porte.
Por qué
Al aceptar la mercancía y la carta de porte, cada transportista sucesivo se hace parte del contrato y responde del transporte completo. Después podrá repetir contra el verdadero causante del daño.
Normativa: Convenio CMR, art. 34
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