¿Es válida la anotación, en el Libro Diario de la empresa, de los totales de las operaciones por períodos no superiores al trimestre?
- A No, en ningún caso.
- B Sí, no es necesario llevar las cuentas en detalle día a día.
- C Sí, si se han anotado en otros libros o registros concordantes las operaciones en detalle. ✓
- D Solo en empresas de menos de cinco trabajadores.
Respuesta correcta: C
Sí, si se han anotado en otros libros o registros concordantes las operaciones en detalle.
Por qué
Cabe anotar totales trimestrales si el detalle consta en otros libros o registros concordantes. Sin ese respaldo, la anotación agregada no vale.
Normativa: Código de Comercio, Art. 28
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