¿Es válida la anotación, en el Libro Diario de la empresa, de los totales de las operaciones por períodos no superiores al trimestre?

  1. A No, en ningún caso.
  2. B Sí, no es necesario llevar las cuentas en detalle día a día.
  3. C Sí, si se han anotado en otros libros o registros concordantes las operaciones en detalle. ✓
  4. D Solo en empresas de menos de cinco trabajadores.

Respuesta correcta: C

Sí, si se han anotado en otros libros o registros concordantes las operaciones en detalle.

Por qué

Cabe anotar totales trimestrales si el detalle consta en otros libros o registros concordantes. Sin ese respaldo, la anotación agregada no vale.

Normativa: Código de Comercio, Art. 28

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