¿En qué plazo se deben formular las cuentas anuales?

  1. A En los quince días siguientes al cierre del ejercicio.
  2. B En los dos meses siguientes al cierre del ejercicio.
  3. C En los tres meses siguientes al cierre del ejercicio. ✓
  4. D En los seis meses siguientes al cierre del ejercicio.

Respuesta correcta: C

En los tres meses siguientes al cierre del ejercicio.

Por qué

Tres meses desde el cierre. Después vienen la aprobación por la junta y el depósito en el Registro, con sus propios plazos.

Normativa: RD Plan General de Contabilidad., Tercera parte

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