¿Es obligatorio contar con libro Mayor para llevar correctamente la contabilidad?
- A Sí.
- B No. ✓
- C Solo para las sociedades anónimas o limitadas.
- D Solo para las sociedades anónimas o limitadas con más de seis millones de euros de capital social.
Respuesta correcta: B
No.
Por qué
No es obligatorio, aunque en la práctica resulta imprescindible. Solo el Diario y el de Inventarios y Cuentas Anuales son obligatorios.
Normativa: Código de Comercio, Art. 25
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