En una sociedad colectiva responde, en primer lugar, la sociedad con su patrimonio. Si este no es suficiente, ¿quién responde con carácter subsidiario?
- A Los acreedores.
- B Los socios. ✓
- C Los gerentes primero y, si no es suficiente, los demás socios.
- D Los administradores.
Respuesta correcta: B
Los socios.
Por qué
Los socios, con carácter subsidiario y de forma solidaria entre ellos. Primero se agota el patrimonio social y después se va contra ellos.
Normativa: Código de Comercio, Art. 127
Más preguntas de Derecho Mercantil
- ¿Cómo deben constituirse las sociedades mercantiles?
- ¿Cómo participa cada socio capitalista en el beneficio de una sociedad colectiva, cuando no se…
- ¿Cómo responden los socios de una sociedad colectiva?
- ¿Con qué bienes responde el socio de una sociedad colectiva?
- ¿Qué número mínimo de socios se exige para constituir una sociedad colectiva?
- ¿De qué tipo es la sociedad en la que la responsabilidad de unos socios es limitada y la de…