¿Dónde debe inscribirse la escritura pública de constitución de toda sociedad anónima?
- A En el Registro de la Propiedad.
- B En el Registro Notarial.
- C En el Registro Mercantil. ✓
- D En el Ministerio de Economía y Hacienda.
Respuesta correcta: C
En el Registro Mercantil.
Por qué
En el Registro Mercantil. Es el acto que le otorga personalidad jurídica.
Normativa: RD Legislativo 1/2010, Art. 20
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