Los socios trabajadores de una cooperativa de trabajo asociado:

  1. A tienen derecho a percibir un salario mensual.
  2. B no tienen derecho a percibir ninguna cantidad hasta que se conozcan las ganancias anuales.
  3. C tienen derecho a percibir periódicamente, en un plazo no superior a un trimestre, cantidades a cuenta de los excedentes de la cooperativa.
  4. D tienen derecho a percibir periódicamente, en un plazo no superior a un mes, cantidades a cuenta de los excedentes de la cooperativa. ✓

Respuesta correcta: D

tienen derecho a percibir periódicamente, en un plazo no superior a un mes, cantidades a cuenta de los excedentes de la cooperativa.

Por qué

Anticipos societarios con periodicidad no superior al mes. No son salario, aunque funcionen de modo parecido.

Normativa: Ley 27/1999, Art. 80

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