¿A quién corresponde la administración de la sociedad colectiva?
- A A uno o varios socios. ✓
- B Siempre a uno solo de los socios.
- C Como mínimo a dos socios.
- D Siempre a todos los socios.
Respuesta correcta: A
A uno o varios socios.
Por qué
A uno o varios socios, según lo pactado. Si nada se dice, todos los socios tienen la facultad de administrar.
Normativa: Código de Comercio, Art. 129
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