¿A quién corresponde la administración de la sociedad colectiva?

  1. A A uno o varios socios. ✓
  2. B Siempre a uno solo de los socios.
  3. C Como mínimo a dos socios.
  4. D Siempre a todos los socios.

Respuesta correcta: A

A uno o varios socios.

Por qué

A uno o varios socios, según lo pactado. Si nada se dice, todos los socios tienen la facultad de administrar.

Normativa: Código de Comercio, Art. 129

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