¿Puede ser sancionado un socio por la cooperativa a la que pertenece?
- A No, eso solo puede hacerlo la Administración pública o un juez.
- B Sí, pero solo si comete faltas tipificadas como muy graves.
- C Sí, y la sanción debe aprobarla la Asamblea General.
- D Sí, por acuerdo del Consejo Rector. ✓
Respuesta correcta: D
Sí, por acuerdo del Consejo Rector.
Por qué
Por acuerdo del Consejo Rector, con recurso ante el Comité de Recursos o la Asamblea. La potestad disciplinaria es interna de la cooperativa.
Normativa: Ley 27/1999, Art. 18
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