¿Qué porcentaje no puede superar el número de horas-año trabajadas por los trabajadores indefinidos no socios, excluidos los que tengan una discapacidad igual o superior al 33 %, para que una sociedad pueda ser calificada como laboral?

  1. A 49 % de las trabajadas por los socios trabajadores. ✓
  2. B 50 % de las trabajadas por los socios trabajadores.
  3. C 33 % de las trabajadas por los socios trabajadores.
  4. D 50 % de las trabajadas por socios trabajadores cuando la sociedad no tenga más de 50 trabajadores y 33 % en otro caso.

Respuesta correcta: A

49 % de las trabajadas por los socios trabajadores.

Por qué

El 49 % de las horas trabajadas por los socios trabajadores. Los trabajadores con discapacidad igual o superior al 33 % no computan en ese cálculo.

Normativa: Ley 44/2015, Art. 1

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