¿Quién puede instar la convocatoria de una Asamblea General extraordinaria en el ámbito de una cooperativa?

  1. A Solo el Consejo Rector.
  2. B Los socios que representen un 10 % de los votos.
  3. C Los socios que representen un 20 % de los votos. ✓
  4. D Solo un juez.

Respuesta correcta: C

Los socios que representen un 20 % de los votos.

Por qué

El 20 % de los votos sociales. Es un porcentaje más alto que el 5 % de las sociedades de capital.

Normativa: Ley 27/1999, Art. 23

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