Las sociedades colectivas constituidas por tiempo indefinido:
- A se pueden disolver a petición de uno de los socios. ✓
- B se pueden disolver, pero la petición debe provenir de la mayoría de los socios.
- C solo se disolverán por infracción de la ley.
- D No está permitido constituir sociedades colectivas por tiempo indefinido, dada la imposibilidad de su disolución a voluntad de los socios.
Respuesta correcta: A
se pueden disolver a petición de uno de los socios.
Por qué
Basta con que un solo socio lo pida, actuando de buena fe. Es la contrapartida de no poder quedar vinculado indefinidamente.
Normativa: Código de Comercio, Art. 224
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