En caso de liquidación de una sociedad de responsabilidad limitada cuyo capital social es inferior a tres mil euros, si su patrimonio no alcanza para atender al pago de todas sus obligaciones:
- A los socios responden solidariamente de todas las deudas.
- B los socios responden solidariamente de la diferencia entre el importe de tres mil euros y la cifra del capital suscrito. ✓
- C los socios responden de todas las deudas de modo proporcional al capital suscrito por cada uno de ellos.
- D los socios responden de la diferencia entre el importe de tres mil euros y la cifra del capital suscrito de modo proporcional al capital suscrito por cada uno de ellos.
Respuesta correcta: B
los socios responden solidariamente de la diferencia entre el importe de tres mil euros y la cifra del capital suscrito.
Por qué
Responden solidariamente de la diferencia entre 3.000 euros y el capital suscrito. Es la cautela que compensa el capital mínimo de un euro.
Normativa: RD Legislativo 1/2010, art. 4
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