En caso de liquidación de una sociedad de responsabilidad limitada cuyo capital social es inferior a tres mil euros, si su patrimonio no alcanza para atender al pago de todas sus obligaciones:

  1. A los socios responden solidariamente de todas las deudas.
  2. B los socios responden solidariamente de la diferencia entre el importe de tres mil euros y la cifra del capital suscrito. ✓
  3. C los socios responden de todas las deudas de modo proporcional al capital suscrito por cada uno de ellos.
  4. D los socios responden de la diferencia entre el importe de tres mil euros y la cifra del capital suscrito de modo proporcional al capital suscrito por cada uno de ellos.

Respuesta correcta: B

los socios responden solidariamente de la diferencia entre el importe de tres mil euros y la cifra del capital suscrito.

Por qué

Responden solidariamente de la diferencia entre 3.000 euros y el capital suscrito. Es la cautela que compensa el capital mínimo de un euro.

Normativa: RD Legislativo 1/2010, art. 4

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