¿Debe incluir necesariamente algún término la denominación de una cooperativa?
- A Sí, las palabras "Sociedad Cooperativa" o su abreviatura. ✓
- B Sí, siempre la abreviatura de "Sociedad Cooperativa".
- C Sí, las palabras "Sociedad Cooperativa Anónima" o "Sociedad Cooperativa Limitada", según sea el caso.
- D No hay ningún término de inclusión obligatoria en la denominación.
Respuesta correcta: A
Sí, las palabras "Sociedad Cooperativa" o su abreviatura.
Por qué
Las palabras "Sociedad Cooperativa" o su abreviatura. No existen cooperativas anónimas ni limitadas.
Normativa: Ley 27/1999, art. 1
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