¿Qué clase de cooperativas puede tener socios de trabajo?

  1. A Todas.
  2. B Sólo las de primer grado.
  3. C Las que no sean de trabajo asociado o de explotación comunitaria de la tierra. ✓
  4. D Ninguna; esa categoría de socio no existe.

Respuesta correcta: C

Las que no sean de trabajo asociado o de explotación comunitaria de la tierra.

Por qué

Las que no sean de trabajo asociado ni de explotación comunitaria de la tierra. En esas dos, todos los socios ya aportan su trabajo.

Normativa: Ley 27/1999, art. 13

Más preguntas de Derecho Mercantil