¿Qué órgano de representación de los trabajadores habrá en una empresa que tenga en la misma provincia, o en municipios limítrofes, dos o más centros de trabajo que individualmente no alcancen los 50 trabajadores, pero conjuntamente sí?

  1. A Se constituirá un comité de empresa conjunto. ✓
  2. B Se elegirán varios delegados de personal para el conjunto de centros.
  3. C Se constituirá un comité intercentros.
  4. D Se elegirá un delegado de personal por centro de trabajo.

Respuesta correcta: A

Se constituirá un comité de empresa conjunto.

Por qué

Se constituye un comité conjunto cuando la suma de centros próximos alcanza los cincuenta. El comité intercentros es distinto: requiere pacto en convenio colectivo.

Normativa: RD Legislativo 2/2015, art. 63

Más preguntas de Derecho Social