La actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se puede desarrollar mediante:

  1. A visita a los centros de trabajo, con preaviso obligatorio de 3 días.
  2. B visita a los centros de trabajo, sin necesidad de aviso previo. ✓
  3. C visita a centros de trabajo, tras una citación preceptiva previa del empresario para aportación de documentación.
  4. D visita a centros de trabajo, previo preceptivo acuerdo del instructor de un expediente sancionador.

Respuesta correcta: B

visita a los centros de trabajo, sin necesidad de aviso previo.

Por qué

Sin aviso previo. El efecto sorpresa es esencial: avisar permitiría corregir la situación justo antes de la visita.

Normativa: Ley 23/2015, art. 21

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