¿Cómo serán dados de alta en la Seguridad Social lo socios de una cooperativa?

  1. A Como trabajadores por cuenta ajena.
  2. B Como trabajadores por cuenta propia.
  3. C Como trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia, previa opción de la cooperativa. ✓
  4. D Como trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia a elección del socio.

Respuesta correcta: C

Como trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia, previa opción de la cooperativa.

Por qué

La cooperativa opta en sus estatutos entre encuadrar a sus socios como cuenta ajena o cuenta propia. La decisión es de la cooperativa, no de cada socio.

Normativa: RD 84/1996, art. 7

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