¿Cómo serán dados de alta en la Seguridad Social lo socios de una cooperativa?
- A Como trabajadores por cuenta ajena.
- B Como trabajadores por cuenta propia.
- C Como trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia, previa opción de la cooperativa. ✓
- D Como trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia a elección del socio.
Respuesta correcta: C
Como trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia, previa opción de la cooperativa.
Por qué
La cooperativa opta en sus estatutos entre encuadrar a sus socios como cuenta ajena o cuenta propia. La decisión es de la cooperativa, no de cada socio.
Normativa: RD 84/1996, art. 7
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