¿Cuándo no será obligatorio el cumplimiento de las obligaciones impuestas en los Reglamentos (CE) 561/2006 y (UE) 165/2014?

  1. A En el transporte de animales vivos entre granjas y mercados locales, siempre que la distancia en línea recta entre origen y destino del transporte no sea superior a 100 kilómetros.
  2. B En los transportes de recogida de leche en las granjas, siempre que se desarrollen íntegramente en un radio de 100 kilómetros alrededor del centro de explotación de la empresa titular del vehículo.
  3. C En los transportes realizados en el desarrollo de cursos destinados al aprendizaje de la conducción mediante la utilización de vehículos especialmente equipados para ello.
  4. D Todas son correctas. ✓

Respuesta correcta: D

Todas son correctas.

Por qué

Las tres están exceptuadas: animales vivos hasta 100 km, recogida de leche en radio de 100 km y vehículos de autoescuela. Son excepciones nacionales tasadas.

Normativa: RD 640/2007, art. 2

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