De acuerdo con el Reglamento (UE) 165/2014 el aparato control tacógrafo, ¿con qué frecuencia debe pasar una revisión obligatoria?
- A Cada dos años. ✓
- B Cada tres años.
- C Cada cinco años.
- D Cuando el vehículo pase la ITV.
Respuesta correcta: A
Cada dos años.
Por qué
Cada dos años. Coincide con la revisión del tacógrafo analógico, lo que simplifica recordarlo.
Normativa: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, art. 23
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