En un período comprendido entre dos jueves consecutivos, ¿cuántos días, como máximo, puede realizarse una conducción diaria de 10 horas, según el Reglamento (CE) 561/2006?
- A 2 días.
- B 3 días.
- C 4 días. ✓
- D Ninguna respuesta es correcta.
Respuesta correcta: C
4 días.
Por qué
Cuatro días. De jueves a jueves se abarcan dos semanas naturales, y en cada una caben dos jornadas de diez horas.
Normativa: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 6
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