¿Qué actividades se tienen en cuenta para excluir a un empresario del sistema de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por haber superado el volumen de ingresos estipulado?

  1. A Cada una de sus actividades por separado.
  2. B Sus actividades en conjunto, pero solo las suyas.
  3. C Sus actividades y las de su cónyuge cuando sean idénticas, exista una dirección común y se compartan medios. ✓
  4. D Sus actividades y las de su cónyuge, en todo caso.

Respuesta correcta: C

Sus actividades y las de su cónyuge cuando sean idénticas, exista una dirección común y se compartan medios.

Por qué

Se suman las actividades del cónyuge cuando son idénticas, hay dirección común y se comparten medios. Es una regla antifraccionamiento, para evitar repartir la actividad entre dos titulares.

Normativa: Ley 35/2006, art. 31

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