En caso de pactarse primas periódicas, ¿cuándo será exigible la primera de ellas?

  1. A Al mes de firmado el contrato.
  2. B A los 3 meses de firmado el contrato.
  3. C 15 días después de firmado el contrato.
  4. D Una vez firmado el contrato. ✓

Respuesta correcta: D

Una vez firmado el contrato.

Por qué

Una vez firmado el contrato. Es exigible desde la conclusión del seguro.

Normativa: Ley 50/1980, art. 14

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