En caso de pactarse primas periódicas, ¿cuándo será exigible la primera de ellas?
- A Al mes de firmado el contrato.
- B A los 3 meses de firmado el contrato.
- C 15 días después de firmado el contrato.
- D Una vez firmado el contrato. ✓
Respuesta correcta: D
Una vez firmado el contrato.
Por qué
Una vez firmado el contrato. Es exigible desde la conclusión del seguro.
Normativa: Ley 50/1980, art. 14
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