En el caso de falta de pago de una de las primas siguientes a la primera, ¿cuándo quedará suspendida la cobertura del asegurador?
- A Tres meses después del día de su vencimiento.
- B Un mes después del día de su vencimiento. ✓
- C Una semana después del día de su vencimiento.
- D 48 horas después del día de su vencimiento.
Respuesta correcta: B
Un mes después del día de su vencimiento.
Por qué
Un mes después del vencimiento. Desde ahí el asegurador deja de cubrir.
Normativa: Ley 50/1980, art. 15
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