En caso de falta de pago de una de las primas siguientes a la primera, ¿cuándo se entenderá que el contrato queda extinguido si el asegurador no reclama el pago?

  1. A Al mes del vencimiento de la prima.
  2. B A los dos meses del vencimiento de la prima.
  3. C A los tres meses del vencimiento de la prima.
  4. D A los seis meses del vencimiento de la prima. ✓

Respuesta correcta: D

A los seis meses del vencimiento de la prima.

Por qué

A los seis meses del vencimiento. Si el asegurador no reclama, el contrato se extingue.

Normativa: Ley 50/1980, art. 15

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