¿El asegurador cubre los daños por hechos de guerra?

  1. A Sí, siempre.
  2. B Solo en caso de guerra internacional.
  3. C Solo si es por guerra civil.
  4. D No, salvo pacto en contra. ✓

Respuesta correcta: D

No, salvo pacto en contra.

Por qué

No, salvo pacto expreso en contrario. La guerra es un riesgo excluido por defecto.

Normativa: Ley 50/1980, art. 44

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