¿Podrán retrotraerse los efectos del seguro al momento en que se presentó la solicitud?
- A No, en ningún caso.
- B Solo si lo propone el asegurado.
- C Sí, cuando así lo acuerden ambas partes. ✓
- D Sí, siempre se retrotraen.
Respuesta correcta: C
Sí, cuando así lo acuerden ambas partes.
Por qué
Sí, cuando ambas partes lo acuerden. No es automático.
Normativa: Ley 50/1980, art. 6
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