¿Está obligado el asegurador al pago de la prestación?
- A Sí, siempre.
- B Sí, salvo que el siniestro se haya producido por mala fe del asegurado. ✓
- C Sí, salvo que el siniestro se haya producido por descuido del asegurado.
- D Las respuestas B y C son correctas.
Respuesta correcta: B
Sí, salvo que el siniestro se haya producido por mala fe del asegurado.
Por qué
Sí, salvo que el siniestro se haya producido por mala fe del asegurado. El simple descuido no exonera al asegurador.
Normativa: Ley 50/1980, art. 19
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