Para llevar a cabo la distribución, ¿pueden los almacenistas-distribuidores contratar en nombre propio el transporte?

  1. A Sí, y deben hacerlo así. ✓
  2. B Depende de la mercancía.
  3. C No pueden porque no es una agencia de transporte.
  4. D Solo pueden contratar en nombre del propietario de la mercancía.

Respuesta correcta: A

Sí, y deben hacerlo así.

Por qué

Sí, y deben hacerlo en nombre propio. Como los operadores de transporte.

Normativa: Ley 16/1987, art. 119

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