¿Qué valor debe alcanzar el Índice de Reiteración Infractora para que pueda dar lugar a la pérdida de honorabilidad?
- A Dos.
- B Tres. ✓
- C Entre dos y tres.
- D Uno.
Respuesta correcta: B
Tres.
Por qué
Tres. A partir de ese valor la Administración puede abrir el procedimiento de pérdida de honorabilidad.
Normativa: RD 1211/1990, art. 116
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