¿Qué valor debe alcanzar el Índice de Reiteración Infractora para que pueda dar lugar a la pérdida de honorabilidad?

  1. A Dos.
  2. B Tres. ✓
  3. C Entre dos y tres.
  4. D Uno.

Respuesta correcta: B

Tres.

Por qué

Tres. A partir de ese valor la Administración puede abrir el procedimiento de pérdida de honorabilidad.

Normativa: RD 1211/1990, art. 116

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