La fórmula de cálculo del Índice de Reiteración Infractora para una empresa de transporte de mercancías:
- A tiene en cuenta el número de vehículos de la empresa al inicio del año.
- B tiene en cuenta el número de vehículos de la empresa al inicio del período de cálculo.
- C tiene en cuenta el número medio de vehículos de la empresa durante los 365 días anteriores a la comisión de la última infracción considerada. ✓
- D no tiene en cuenta el número de vehículos para no distorsionar el cálculo en perjuicio de las empresas más grandes.
Respuesta correcta: C
tiene en cuenta el número medio de vehículos de la empresa durante los 365 días anteriores a la comisión de la última infracción considerada.
Por qué
El número medio de vehículos de los 365 días anteriores a la última infracción. Usar la media evita trampas con altas y bajas puntuales de flota.
Normativa: RD 1211/1990, art. 117
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