Los transportes de carácter privado particular realizados en vehículos de MMA inferior a 6 toneladas, ¿están sujetos a autorización de transporte?

  1. A Solo en ciertos supuestos específicos.
  2. B Sí, y llevarán un distintivo blanco.
  3. C Sí, cuando la MMA sea superior a 3,5 toneladas.
  4. D No, en ningún caso. ✓

Respuesta correcta: D

No, en ningún caso.

Por qué

No, en ningún caso. El privado particular nunca necesita autorización, al margen del peso.

Normativa: Ley 16/1987, art. 101

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