¿En qué pueden consistir las medidas de salvaguarda tomadas cuando la actividad de cabotaje perturba gravemente el mercado de transporte de una zona geográfica?

  1. A En la contingentación de las autorizaciones de cabotaje.
  2. B En la contingentación de las Licencias Comunitarias.
  3. C En la exclusión temporal de la zona afectada del ámbito de la aplicación de la normativa comunitaria. ✓
  4. D En la reducción temporal del período para realizar cabotaje de 7 a 3 días.

Respuesta correcta: C

En la exclusión temporal de la zona afectada del ámbito de la aplicación de la normativa comunitaria.

Por qué

En excluir temporalmente la zona del ámbito de aplicación de la norma comunitaria. Es decir, suspender el cabotaje allí.

Normativa: Reglamento Comunitario (CE) 1072/2009, art. 9

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