La solicitud de prórroga de vigencia del permiso podrá presentarse:

  1. A con una antelación máxima de dos meses a su fecha de caducidad, computándose desde esta última fecha el nuevo período de vigencia de la autorización. En supuestos excepcionales debidamente justificados, se podrá solicitar con una antelación mayor.
  2. B con una antelación máxima de seis meses a su fecha de caducidad, computándose desde esta última fecha el nuevo período de vigencia de la autorización. En supuestos excepcionales debidamente justificados, se podrá solicitar con una antelación mayor.
  3. C con una antelación mínima de tres meses a su fecha de caducidad, computándose desde esta última fecha el nuevo período de vigencia de la autorización. En supuestos excepcionales debidamente justificados, se podrá solicitar con una antelación menor.
  4. D con una antelación máxima de tres meses a su fecha de caducidad, computándose desde esta última fecha el nuevo período de vigencia de la autorización. En supuestos excepcionales debidamente justificados, se podrá solicitar con una antelación mayor. ✓

Respuesta correcta: D

con una antelación máxima de tres meses a su fecha de caducidad, computándose desde esta última fecha el nuevo período de vigencia de la autorización. En supuestos excepcionales debidamente justificados, se podrá solicitar con una antelación mayor.

Por qué

Puede pedirse con una antelación máxima de tres meses, y el nuevo periodo cuenta desde la caducidad, no desde la solicitud. Adelantarse, por tanto, no hace perder vigencia.

Normativa: RD 818/2009, art. 13

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