Caso práctico · Derecho Civil
Caso práctico 1A02058: La empresa KERO S.A., distribuidora de legumbres, ha contratado a la empresa DAC S.L.
Enunciado
La empresa KERO S.A., distribuidora de legumbres, ha contratado a la empresa DAC S.L., para que realice el transporte de un envío de productos a uno de sus clientes, PASH S.A. La distancia entre los puntos de inicio y final del transporte es de 600 km. El envío debe ser entregado ese mismo día antes de las 21 horas, pero no se acuerda ninguna hora para efectuar la carga. El transportista se presenta a las 11 horas y el cargador le indica que el cargamento ya está siendo transportado ya que ha considerado desistido al transportista. Este alega que el trayecto del transporte puede realizarlo perfectamente en ocho horas, motivo por el cual el cargador debía haber esperado. En el contrato de transporte acordado por KERO S.A. con la porteadora se pactó expresamente que el derecho de disposición de la mercancía correspondería a la empresa destinataria. A poco de emprender la marcha, PASH S.A. se puso en contacto con el conductor para comunicarle que, antes de hacerle entrega de las mercancías, debía presentarse en el establecimiento de la empresa ÑUMO S.L. para que, allí, se procediera a la descarga de 1/2 de la carga. RESPONDA A LAS SIGUIENTES CUESTIONES: ¿Tiene razón el transportista al indicar que el cargador debía haberle esperado? ¿Podía PASH S.A. tener derecho de disposición sobre las mercancías antes de haberlas recibido? ¿Podía el transportista negarse a cumplir las instrucciones de PASH S.A.?
- A A) No, ya que, en ausencia de pacto sobre la puesta a disposición del vehículo, la hora límite son las diez horas. B) Sí, porque expresamente se había pactado así. C) Sí, porque suponían la división del envío.
- B A) Sí, ya que, en ausencia de pacto sobre la puesta a disposición del vehículo, la hora límite es la hora de cierre del establecimiento donde se vaya a realizar la carga. B) No, solo a partir de la entrega. C) Sí, porque suponían la división del envío.
- C A) Sí, ya que, en ausencia de pacto sobre la puesta a disposición del vehículo, la hora límite son las dieciocho horas. B) No, solo a partir de la entrega. C) No, porque PASH S.A. tenía derecho de disposición sobre las mercancías.
- D A) Sí, ya que, en ausencia de pacto sobre la puesta a disposición del vehículo, la hora límite son las dieciocho horas. B) Sí, porque expresamente se había pactado así. C) Sí, porque suponían la división del envío. ✓
- E A) No, ya que, en ausencia de pacto sobre la puesta a disposición del vehículo, la hora límite son las diez horas. B) No, solo a partir de la entrega. C) Sí, porque suponían la división del envío.
- F A) Sí, ya que, en ausencia de pacto sobre la puesta a disposición del vehículo, la hora límite son las dieciocho horas. B) Sí, porque expresamente se había pactado así. C) No, porque PASH S.A. tenía derecho de disposición sobre las mercancías.
- G A) Sí, ya que, en ausencia de pacto sobre la puesta a disposición del vehículo, la hora límite es la hora que comunique el cargador al porteador; a falta de comunicación, debe esperar a la puesta a disposición del vehículo. B) Sí, porque expresamente se había pactado así. C) Sí, porque suponían la división del envío.
- H A) Sí, ya que, en ausencia de pacto sobre la puesta a disposición del vehículo, la hora límite es la hora de cierre del establecimiento donde se vaya a realizar la carga. B) Sí, porque expresamente se había pactado así. C) No, porque PASH S.A. tenía derecho de disposición sobre las mercancías.
Respuesta correcta: D
A) Sí, ya que, en ausencia de pacto sobre la puesta a disposición del vehículo, la hora límite son las dieciocho horas. B) Sí, porque expresamente se había pactado así. C) Sí, porque suponían la división del envío.
Por qué (inicio)
El transportista tiene razón: cuando no se pacta hora para la puesta a disposición del vehículo, la hora límite son las dieciocho horas del día señalado, de modo que presentarse a las 11:00 es…
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Normativa: Ley 15/2009, art. 18; Ley 15/2009, art. 29; Ley 15/2009, art. 30
Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.
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