Caso práctico · Derecho Civil

Caso práctico 1A04010: Un distribuidor alemán de neumáticos de automóvil contrata a un transportista español

Enunciado

Un distribuidor alemán de neumáticos de automóvil contrata a un transportista español, que hace frecuentes portes entre España y Alemania, para que, aprovechando el retorno de uno de ellos, transporte por carretera una partida de neumáticos de turismo desde su almacén en Hamburgo hasta un taller ubicado en Zaragoza. Una vez que el envío ha llegado al punto de destino, se ha entregado el segundo ejemplar de la carta de porte al destinatario y se está a punto de efectuar la descarga, el destinatario manifiesta que, finalmente, no se quedará con la mercancía y ordena al transportista que la entregue al propietario de otro taller en Calatayud. El transportista considera que debe cumplir las instrucciones del destinatario y se dirige a Calatayud con la mercancía. Sin embargo, una vez que contacta en esta ciudad con el nuevo destinatario, este le comunica que tampoco él se hará cargo del envío y que debe regresar a Zaragoza para entregarlo, en este caso, a un hipermercado. En el contrato suscrito entre el distribuidor alemán y el taller de Zaragoza se estipuló que el pago de la mercancía se haría dentro de las 24 horas siguientes a su entrega. Responda a las siguientes cuestiones: ¿A quién corresponde en este caso el derecho de disponer sobre la mercancía cuando el transportista recibe las nuevas instrucciones del primer destinatario? En caso de que la disposición sobre la mercancía correspondiera al propietario del taller de Zaragoza, ¿estaría obligado el transportista a atender sus instrucciones? ¿Estaría obligado el transportista a atender las nuevas instrucciones del segundo destinatario residente en Calatayud?

  1. A A) Al remitente, dado que la mercancía aún no está pagada por el destinatario. B) Sí, pues su ejecución es posible, no suponen dividir la consignación y no perjudican a otros remitentes o destinatarios. C) No, el nuevo destinatario puede ordenar la entrega a otra persona, pero siempre que no suponga un cambio de ciudad.
  2. B A) Al remitente, dado que la mercancía aún no está pagada por el destinatario. B) Sí, pues su ejecución es posible, no suponen dividir la consignación y no perjudican a otros remitentes o destinatarios. C) Sí, el nuevo destinatario puede ordenar, a su vez, la entrega a otra persona en los mismos términos.
  3. C A) Al remitente, dado que la mercancía aún no está descargada en el almacén del destinatario. B) No, pues supone efectuar la entrega en otra ciudad distinta. C) No, el nuevo destinatario no puede ordenar, a su vez, la entrega a otra persona.
  4. D A) Al remitente, dado que la mercancía aún no está descargada en el almacén del destinatario. B) Sí, pues su ejecución es posible, no suponen dividir la consignación y no perjudican a otros remitentes o destinatarios. C) No, el nuevo destinatario no puede ordenar, a su vez, la entrega a otra persona.
  5. E A) Al destinatario, dado que la mercancía ha llegado al destino y se le ha entregado el segundo ejemplar de la carta de porte. B) Sí, pues su ejecución es posible, no suponen dividir la consignación y no perjudican a otros remitentes o destinatarios. C) No, el nuevo destinatario puede ordenar la entrega a otra persona, pero siempre que no suponga un cambio de ciudad.
  6. F A) Al destinatario, dado que la mercancía ha llegado al destino y se le ha entregado el segundo ejemplar de la carta de porte. B) Sí, pues su ejecución es posible, no suponen dividir la consignación y no perjudican a otros remitentes o destinatarios. C) Sí, el nuevo destinatario puede ordenar, a su vez, la entrega a otra persona en los mismos términos.
  7. G A) Al destinatario, dado que la mercancía ha llegado al destino y se le ha entregado el segundo ejemplar de la carta de porte. B) No, pues supone efectuar la entrega en otra ciudad distinta. C) No, el nuevo destinatario no puede ordenar, a su vez, la entrega a otra persona.
  8. H A) Al destinatario, dado que la mercancía ha llegado al destino y se le ha entregado el segundo ejemplar de la carta de porte. B) Sí, pues su ejecución es posible, no suponen dividir la consignación y no perjudican a otros remitentes o destinatarios. C) No, el nuevo destinatario no puede ordenar, a su vez, la entrega a otra persona. ✓

Respuesta correcta: H

A) Al destinatario, dado que la mercancía ha llegado al destino y se le ha entregado el segundo ejemplar de la carta de porte. B) Sí, pues su ejecución es posible, no suponen dividir la consignación y no perjudican a otros remitentes o destinatarios. C) No, el nuevo destinatario no puede ordenar, a su vez, la entrega a otra persona.

Por qué (inicio)

Aquí el derecho de disposición ya ha pasado al destinatario, porque la mercancía ha llegado a destino y se le ha entregado el segundo ejemplar de la carta de porte. Sus instrucciones obligan al…

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Normativa: Convenio CMR, art. 12; Convenio CMR, art. 13

Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.

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