Caso práctico · Derecho Mercantil

Caso práctico 1B01007: D. Jesús Maestre, transportista de mercancías por carretera, solicitó el día 5 de junio

Enunciado

D. Jesús Maestre, transportista de mercancías por carretera, solicitó el día 5 de junio un préstamo bancario de 450.000 euros para llevar a cabo la ampliación y renovación de su flota de vehículos, a fin de atender adecuadamente un importante contrato de larga duración que había firmado con una empresa industrial para efectuar en exclusiva el transporte de toda su producción. El departamento de Riesgos del banco en cuestión, para valorar la solicitud, pidió a D. Jesús, a la semana siguiente, copia del balance y de la cuenta de pérdidas y ganancias del último ejercicio cerrado, ante la imposibilidad de consultar estos documentos en el Registro Mercantil por no estar depositados en él. Finalmente, acordó otorgar el préstamo. A los diez meses de estar ejecutando el contrato anteriormente mencionado, las instalaciones de la industria en cuestión se vieron arrasadas por un incendio, lo que obligó a suspender por un año toda actividad productiva en las mismas, en tanto se procedía a su reconstrucción. Como consecuencia de ello, a partir de cierto momento al Sr. Maestre le resultó imposible continuar atendiendo las obligaciones derivadas del préstamo, de modo que el banco inició los trámites para embargarle diferentes propiedades y proceder a su enajenación, entre ellas la vivienda en la que residía desde hace ocho años, situada en el municipio de Madrid y valorada en 428.000 euros. Este transportista había efectuado los trámites para asumir la condición de emprendedor de responsabilidad limitada. Responda a las siguientes cuestiones: ¿Deberá responder el Sr. Maestre de las deudas derivadas del préstamo bancario con la vivienda mencionada? ¿Deberían haber estado depositadas en el Registro Mercantil las cuentas de este empresario, correspondientes al último ejercicio, en la fecha en la que el banco intentó consultarlas? ¿Debe reunir alguna particularidad la documentación de esta empresa?

  1. A A) Sí, pues supera el valor de 300.000 euros, a partir del cual no se aplica el beneficio de limitación de responsabilidad a la vivienda de un emprendedor de responsabilidad limitada. B) Sí, el emprendedor de responsabilidad limitada debe depositar las cuentas en el Registro Mercantil en el plazo de tres meses desde el cierre del ejercicio. C) No.
  2. B A) Sí, pues supera el valor de 300.000 euros, a partir del cual no se aplica el beneficio de limitación de responsabilidad a la vivienda de un emprendedor de responsabilidad limitada. B) No, el emprendedor de responsabilidad limitada debe depositar las cuentas en el Registro Mercantil, pero tiene un plazo de siete meses para hacerlo, desde el cierre del ejercicio, sin perder esa condición. C) No.
  3. C A) Sí, pues supera el valor de 300.000 euros, a partir del cual no se aplica el beneficio de limitación de responsabilidad a la vivienda de un emprendedor de responsabilidad limitada. B) Sí, el emprendedor de responsabilidad limitada debe depositar las cuentas en el Registro Mercantil en el plazo de tres meses desde el cierre del ejercicio. C) Sí, debe expresar la condición de emprendedor de responsabilidad limitada.
  4. D A) Sí, pues supera el valor de 300.000 euros, a partir del cual no se aplica el beneficio de limitación de responsabilidad a la vivienda de un emprendedor de responsabilidad limitada. B) No, el emprendedor de responsabilidad limitada debe depositar las cuentas en el Registro Mercantil, pero tiene un plazo de siete meses para hacerlo, desde el cierre del ejercicio, sin perder esa condición. C) Sí, debe expresar la condición de emprendedor de responsabilidad limitada.
  5. E A) No, dado su valor (inferior a 450.000 euros), el municipio en el que se ubica y que se trata de la vivienda habitual de un emprendedor de responsabilidad limitada, la cual se beneficia de dicha limitación. B) Sí, el emprendedor de responsabilidad limitada debe depositar las cuentas en el Registro Mercantil en el plazo de tres meses desde el cierre del ejercicio. C) No.
  6. F A) No, dado su valor (inferior a 450.000 euros), el municipio en el que se ubica y que se trata de la vivienda habitual de un emprendedor de responsabilidad limitada, la cual se beneficia de dicha limitación. B) No, el emprendedor de responsabilidad limitada debe depositar las cuentas en el Registro Mercantil, pero tiene un plazo de siete meses para hacerlo, desde el cierre del ejercicio, sin perder esa condición. C) No.
  7. G A) No, dado su valor (inferior a 450.000 euros), el municipio en el que se ubica y que se trata de la vivienda habitual de un emprendedor de responsabilidad limitada, la cual se beneficia de dicha limitación. B) Sí, el emprendedor de responsabilidad limitada debe depositar las cuentas en el Registro Mercantil en el plazo de tres meses desde el cierre del ejercicio. C) Sí, debe expresar la condición de emprendedor de responsabilidad limitada.
  8. H A) No, dado su valor (inferior a 450.000 euros), el municipio en el que se ubica y que se trata de la vivienda habitual de un emprendedor de responsabilidad limitada, la cual se beneficia de dicha limitación. B) No, el emprendedor de responsabilidad limitada debe depositar las cuentas en el Registro Mercantil, pero tiene un plazo de siete meses para hacerlo, desde el cierre del ejercicio, sin perder esa condición. C) Sí, debe expresar la condición de emprendedor de responsabilidad limitada. ✓

Respuesta correcta: H

A) No, dado su valor (inferior a 450.000 euros), el municipio en el que se ubica y que se trata de la vivienda habitual de un emprendedor de responsabilidad limitada, la cual se beneficia de dicha limitación. B) No, el emprendedor de responsabilidad limitada debe depositar las cuentas en el Registro Mercantil, pero tiene un plazo de siete meses para hacerlo, desde el cierre del ejercicio, sin perder esa condición. C) Sí, debe expresar la condición de emprendedor de responsabilidad limitada.

Por qué

A) No responde con ella: aunque vale 428.000 euros, está en Madrid, municipio de más de un millón de habitantes, donde el límite se eleva aplicando un coeficiente del 1,5 sobre los 300.000, es decir 450.000 euros. B) No había infracción: el plazo para depositar las cuentas es de siete meses desde el cierre del ejercicio, y la consulta se hizo en junio. C) Sí: toda su documentación y facturación debe expresar su condición de emprendedor de responsabilidad limitada, con las siglas ERL.

Normativa: Ley 14/2013, art. 8; Ley 14/2013, art. 9; Ley 14/2013, art. 11

Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.

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