Caso práctico · Derecho Social

Caso práctico 1C04008: El Sr. Márquez condujo, durante el mes de junio, el vehículo matrícula XXXX HJM cuya MMA

Enunciado

El Sr. Márquez condujo, durante el mes de junio, el vehículo matrícula XXXX HJM cuya MMA es de 18.000 kg. En la primera quincena del mes, las conducciones diarias del Sr. Márquez fueron: -Martes, 1 de junio: 9 horas. Entre las 10:00 y las 23:00. -Miércoles, 2 de junio: 9 horas. Entre las 12:00 y las 23:00. -Jueves, 3 de junio: 10 horas. Entre las 9:00 y las 20:00. -Viernes, 4 de junio: 9 horas. Entre las 12:00 y las 23:00. -Domingo, 6 de junio: 10 Horas. Entre las 08:00 y las 21:00 -Lunes, 7 de junio: 10 horas. Entre las 07:00 y las 19:00. -Martes, 8 de junio: 10 horas.Entre las 09:00 y las 22:00 -Jueves, 10 de junio: 9 horas. Entre las 10:00 y las 23:00. -Viernes, 11 de junio: 8 horas. Entre las 12:00 y las 23:00 -Sábado, 12 de junio: 8 horas. Entre las 9:00 y las 20:00. -Domingo, 13 de junio: 9 horas. Entre las 07:00 y las 19:00. El Sr. Márquez efectuó un descanso semanal de 35 horas ininterrumpidas entre las 20:00 horas del viernes, 4 de junio, y las 07:00 horas del domingo, 6 de junio. El 21 de junio, después de terminada su jornada laboral, sufrió un atraco y, entre otros enseres, le fue sustraída la tarjeta del tacógrafo. RESPONDA A LAS SIGUIENTES CUESTIONES: ¿Existe alguna infracción de las normas del R (CE) 561/2006 en la primera quincena de junio? Según el R (CE) 561/2006, en el caso de hacerlo en un descanso semanal, ¿cómo debe compensar las horas no descansadas en la semana del 1 al 7 de junio? ¿Podría trabajar el día 22? ¿Hasta qué día podría trabajar sin tarjeta de conductor?

  1. A A) Existe un exceso de conducción bisemanal de 9 horas y descansos semanales reducidos en dos semanas consecutivas. B) Antes de finalizar la semana del 21 al 27 de junio debe realizar un descanso semanal de 55 horas. C) Sí. Podría trabajar hasta el 22 de julio.
  2. B A) Existe un exceso de conducción ya que, en tres jornadas consecutivas, se realiza una conducción de 10 horas. B) Antes de finalizar la semana del 21 al 27 de junio debe realizar un descanso semanal de 45 horas. C) No, no podría trabajar sin tarjeta de conductor.
  3. C A) Existe un exceso de conducción bisemanal de 11 horas y descansos semanales reducidos en dos semanas consecutivas. B) Antes de finalizar la semana del 28 de junio al 4 de julio debe realizar un descanso semanal de 45 horas. C) Sí. Podría trabajar hasta el 17 de julio.
  4. D A) Existe una minoración del descanso semanal ya que se realizan conducciones en seis jornadas seguidas de 24 horas. B) Antes de finalizar la semana del 21 al 27 de junio debe realizar un descanso semanal de 45 horas. C) No, no podría trabajar sin tarjeta de conductor.
  5. E A) Existe un exceso de conducción ya que, en tres jornadas consecutivas se realiza una conducción de 10 horas. B) Antes de finalizar la semana del 13 al 20 de junio debe realizar un descanso semanal de 69 horas. C) Si. Podría trabajar hasta el 29 de junio.
  6. F A) Existe un exceso de conducción bisemanal de 11 horas y descansos semanales reducidos en dos semanas consecutivas. B) Antes de finalizar la semana del 21 al 27 de junio debe realizar un descanso semanal de 55 horas. C) Sí. Podría trabajar hasta el 6 de julio. ✓
  7. G A) Existe un exceso de conducción bisemanal de 9 horas y descansos semanales reducidos en dos semanas consecutivas. B) Antes de finalizar la semana del 21 al 27 de junio debe realizar un descanso semanal de 45 horas. C) No, no podría trabajar sin tarjeta de conductor.
  8. H A) Existe una minoración del descanso semanal ya que se realizan conducciones en seis jornadas seguidas de 24 horas. B) Antes de finalizar la semana del 21 al 27 de junio debe realizar un descanso semanal de 55 horas. C) Sí. Podría trabajar hasta el 1 de julio.

Respuesta correcta: F

A) Existe un exceso de conducción bisemanal de 11 horas y descansos semanales reducidos en dos semanas consecutivas. B) Antes de finalizar la semana del 21 al 27 de junio debe realizar un descanso semanal de 55 horas. C) Sí. Podría trabajar hasta el 6 de julio.

Por qué (inicio)

Hay dos infracciones en la quincena. La conducción bisemanal suma 101 horas, 47 en la semana del 1 al 6 y 54 en la del 7 al 13, cuando el máximo en dos semanas consecutivas es de 90: exceso de 11…

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Normativa: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, art. 29; Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 6; Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 8

Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.

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