Caso práctico · Derecho Social
Caso práctico 1C04005: El Sr. Sánchez ha conducido el vehículo XXXX LMN, con una MMA de 12.000 kg, durante el
Enunciado
El Sr. Sánchez ha conducido el vehículo XXXX LMN, con una MMA de 12.000 kg, durante el mes de octubre Las conducciones diarias del Sr. Sánchez han sido: -Domingo, 6 de octubre: 10 horas. -Jueves, 10 de octubre: 9 horas. -Viernes, 11 de octubre: 10 horas. -Sábado, 12 de octubre: 10 horas. -Domingo, 13 de octubre: 9 Horas. -Lunes, 14 de octubre: 10 horas. -Jueves, 17 de octubre: 9 horas -Viernes, 18 de octubre: 10 horas. -Sábado, 19 de octubre: 9 horas -Domingo, 20 de octubre: 10 horas El día 24 de octubre, mientras realizaba un transporte de material sanitario que debía entregar ese mismo día, hubo importantes retenciones en la vía que debía utilizar. Como consecuencia de las mismas, y para poder cumplir el contrato de transporte, tuvo que realizar una conducción diaria de 11 horas. El día 28 de octubre, al incorporarse a su puesto de trabajo, descubrió que había extraviado su tarjeta de conductor. RESPONDA A LAS SIGUIENTES CUESTIONES: ¿Existe algún exceso de conducción diaria máxima establecida en el R (CE) 561/2006 entre el 6 y el 20 de octubre? Si existe, ¿en qué jornada o jornadas? ¿Cometió infracción al R (CE) 561/2006 en la jornada del 24 de octubre o está justificado el incumplimiento de la norma? ¿Qué debió hacer en la jornada del día 28 ante el extravío de su tarjeta?
- A A) No, ya que se respetan todos lo límites establecidos por la norma. B) No cometió infracción por exceso de conducción diaria ya que dicho exceso estaría permitido en base al artículo 12 del R (CE) 561/2006. C) Antes de iniciar la jornada, introducir datos previos de otros trabajos, disponibilidad o descanso relacionados con la jornada, imprimirlos junto con los datos del vehículo, añadir datos personales y firmar. Al final de la jornada, una nueva impresión con los datos de la misma, añadiendo también los datos personales y la firma del conductor.
- B A) Sí, ya que en una semana se conducen 10 horas dos días. Las infracciones se comente los días 12 y 20 de octubre. B) Sí, cometió infracción por exceso de conducción diaria. C) Antes de iniciar la jornada, introducir datos previos de otros trabajos, disponibilidad o descanso relacionados con la jornada, imprimirlos junto con los datos del vehículo, añadir datos personales y firmar. Al final de la jornada, una nueva impresión con los datos de la misma, añadiendo también los datos personales y la firma del conductor.
- C A) Sí, ya que en una semana se conducen 10 horas, tres días. La infracción se comente el domingo, 20 de octubre. B) Sí, cometió infracción por exceso de conducción diaria. C) Antes de iniciar la jornada, imprimir los datos del vehículo, consignando, los datos que permitan su identificación (nombre y apellidos, número de tarjeta de conductor o de permiso de conducción), acompañados de su firma, y los datos previos de otros trabajos, disponibilidad o descanso relacionados con la jornada. Al final de la jornada, una nueva impresión con los datos de la misma, añadiendo también los datos personales y la firma del conductor. ✓
- D A) Sí, ya que en una semana se conducen 10 horas tres días. La infracción se comente el domingo, 20 de octubre. B) Sí, cometió infracción por exceso de conducción diaria. C) No trabajar y solicitar inmediatamente una nueva tarjeta.
- E A) No, ya que se respetan todos lo límites establecidos por la norma. B) Sí, cometió infracción por exceso de conducción diaria. C) Antes de iniciar la jornada, introducir datos previos de otros trabajos, disponibilidad o descanso relacionados con la jornada, imprimirlos junto con los datos del vehículo, añadir datos personales y firmar.
- F A) Si ya que en una semana se conducen 10 horas tres días. La infracción se comente el domingo, 20 de octubre. B) No cometió infracción por exceso de conducción diaria ya que dicho exceso estaría permitido en base al artículo 12 del R (CE) 561/2006. C) Al final de la jornada, realizar una impresión con los datos de la misma, añadiendo los datos personales y la firma del conductor.
- G A) No, ya que se respetan todos lo límites establecidos por la norma. B) Sí, cometió infracción por exceso de conducción diaria. C) Antes de iniciar la jornada, imprimir los datos del vehículo, consignando, los datos que permitan su identificación (nombre y apellidos, número de tarjeta de conductor o de permiso de conducción), acompañados de su firma, y los datos previos de otros trabajos, disponibilidad o descanso relacionados con la jornada. Al final de la jornada, una nueva impresión con los datos de la misma, añadiendo también los datos personales y la firma del conductor.
- H A) Sí, ya que en una semana se conducen 10 horas dos días. Las infracciones se comente los días 12 y 20 de octubre. B) No cometió infracción por exceso de conducción diaria ya que dicho exceso estaría permitido en base al artículo 12 del R (CE) 561/2006. C) Antes de iniciar la jornada, introducir datos previos de otros trabajos, disponibilidad o descanso relacionados con la jornada. Al final de la jornada, realizar una impresión con los datos de la misma, añadiendo la firma del conductor.
Respuesta correcta: C
A) Sí, ya que en una semana se conducen 10 horas, tres días. La infracción se comente el domingo, 20 de octubre. B) Sí, cometió infracción por exceso de conducción diaria. C) Antes de iniciar la jornada, imprimir los datos del vehículo, consignando, los datos que permitan su identificación (nombre y apellidos, número de tarjeta de conductor o de permiso de conducción), acompañados de su firma, y los datos previos de otros trabajos, disponibilidad o descanso relacionados con la jornada. Al final de la jornada, una nueva impresión con los datos de la misma, añadiendo también los datos personales y la firma del conductor.
Por qué (inicio)
Sí hay exceso, y está en el domingo 20. La conducción diaria máxima es de 9 horas, que pueden ampliarse a 10 solo dos veces por semana, y en la semana del 14 al 20 conduce 10 horas el lunes 14, el…
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Normativa: Reglamento Comunitario (UE) 165/2014, art. 35; Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 6
Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.
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