Caso práctico · Derecho Social
Caso práctico 1C04010: El Sr. Prieto condujo, el mes de octubre, el vehículo matrícula XXX HSR cuya MMA es de 26
Enunciado
El Sr. Prieto condujo, el mes de octubre, el vehículo matrícula XXX HSR cuya MMA es de 26 Tm. Durante dicho mes, el Sr. Prieto realizó los siguientes descansos superiores a 11 horas: -Lunes, 3 de octubre: 24 horas. -Jueves, 6 de octubre: 24 horas. -Domingo, 9 de octubre: 24 horas. -Lunes, 10 de octubre: 24 horas. -Sábado, 16 de octubre: 24 horas. -Domingo, 23 de octubre: 24 horas. -Sábado, 29 de octubre: 24 horas. En las jornadas comprendidas entre el 3 y el 9 de octubre, ambas inclusive, efectuó una conducción total de 49 horas. La jornada del 17 de octubre la comenzó a las 11:00 horas, a las 14:00 se incorporó al vehículo el Sr. Gálvez como conductor. Ambos conductores alternaron las conducciones en el vehículo hasta las 20:00 del día 22 de octubre. Durante estos días, los conductores efectuaron descansos de 9 horas en cada período de 24 horas. RESPONDA A LAS SIGUIENTES CUESTIONES: ¿Qué infracciones ha cometido durante el mes de octubre en relación con los descansos regulados en el R (CE) 561/2006? ¿Se ha incumplido el Reglamento (CE) 561/06 sobre tiempos máximos de conducción en las jornadas entre el 3 y el 10 de octubre? ¿Han efectuado, los conductores, correctamente los descansos, entre el 17 y el 22 de octubre, que prescribe el R (CE) 561/2006?
- A A) Hay dos semanas consecutivas en las que se han realizado períodos de descanso semanales reducidos. B) No, ya que no supera el máximo de conducción semanal permitida. C) Sí, ya que se les puede aplicar el régimen de conducción en equipo para las jornadas del 18 al 22 de octubre.
- B A) Uno de los períodos de descanso semanal se ha iniciado después de transcurridas 144 horas (6x24 horas). B) Sí, ya que las máximas horas que podía conducir en esos días eran 38. C) No, ya que no se les puede aplicar el régimen de conducción en equipo para las jornadas del 18 al 22 de octubre.
- C A) Hay dos semanas consecutivas en las que se han realizado períodos de descanso semanales reducidos. B) Sí, ya que las máximas horas que podía conducir en esos días eran 38. C) No, ya que superan el máximo de descansos diarios reducidos que pueden realizar.
- D A) Uno de los períodos de descanso semanal se ha iniciado después de transcurridas 144 horas (6x24 horas). B) No, ya que no supera el máximo de conducción semanal permitida. C) Sí, ya que se les puede aplicar el régimen de conducción en equipo para las jornadas del 18 al 22 de octubre.
- E A) Hay dos semanas consecutivas en las que se han realizado períodos de descanso semanales reducidos. B) Sí, ya que las máximas horas que podía conducir en esos días eran 38. C) Sí, ya que se les puede aplicar el régimen de conducción en equipo para las jornadas del 18 al 22 de octubre.
- F A) No ha cometido ninguna infracción. B) Sí, ya que las máximas horas que podía conducir en esos días eran 38. C) No, ya que superan el máximo de descansos diarios reducidos que pueden realizar.
- G A) Uno de los períodos de descanso semanal se ha iniciado después de transcurridas 144 horas (6x24 horas). Hay dos semanas consecutivas en las que se han realizado períodos de descanso semanales reducidos. B) No, ya que no supera el máximo de conducción semanal permitida. C) Sí, ya que se les puede aplicar el régimen de conducción en equipo para las jornadas del 18 al 22 de octubre. ✓
- H A) Uno de los períodos de descanso semanal se ha iniciado después de transcurridas 144 horas (6x24 horas). Hay dos semanas consecutivas en las que se han realizado períodos de descanso semanales reducidos. B) Sí, ya que supera el máximo de conducción semanal permitida. C) No, ya que no se les puede aplicar el régimen de conducción en equipo para las jornadas del 18 al 22 de octubre.
Respuesta correcta: G
A) Uno de los períodos de descanso semanal se ha iniciado después de transcurridas 144 horas (6x24 horas). Hay dos semanas consecutivas en las que se han realizado períodos de descanso semanales reducidos. B) No, ya que no supera el máximo de conducción semanal permitida. C) Sí, ya que se les puede aplicar el régimen de conducción en equipo para las jornadas del 18 al 22 de octubre.
Por qué (inicio)
Hay dos infracciones de descanso semanal. Los descansos de los días 16 y 23 son ambos de 24 horas, es decir reducidos en dos semanas consecutivas, cuando solo cabe reducir uno de cada dos; y entre el…
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Normativa: Reglamento Comunitario (CE) 561/2008, art. 6; Reglamento Comunitario (CE) 561/2008, art. 8
Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.
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