Caso práctico · Derecho Social
Caso práctico 1C04064: El Sr Alves condujo, durante el mes de abril, el vehículo matrícula XXXX LTH, de 26 Tm de
Enunciado
El Sr Alves condujo, durante el mes de abril, el vehículo matrícula XXXX LTH, de 26 Tm de MMA. Durante ese mes, realizó los siguientes descansos continuados superiores a 11 horas: -Lunes 1: 24 horas (+10 horas del domingo). -Martes 2: 24 horas (+ 8 horas del miércoles). -Domingo 7: 24 horas (+ 12 horas del sábado). -Viernes 12: 24 horas (+14 horas del sábado). -Domingo 14: 24 horas (+21 horas del lunes). -Viernes 19: 24 horas (+6 horas del jueves). -Domingo 21: 24 horas (+7 horas del lunes). -Sábado 27: 24 horas (+12 horas del viernes). -Domingo 28: 24 horas. El Sr. Alves el martes, 16 de abril, realizó las siguientes actividades: -De 09:00 a 13:00: conducción vehículo XXXX LTH. -De 13:00 a 15:00: disponibilidad. -De 15:00 a 17:00: conducción vehículo XXXX LTH. -De 17:00 a 19:00: pausa/descanso. -De 19:00 a 22:00: conducción vehículo XXXX KSR. Al Sr. Alves la tarjeta de conductor le caducaba el día 30 de abril, martes. RESPONDA A LAS SIGUIENTES CUESTIONES: ¿Se ha cumplido, en el mes abril, lo que establece el R (CE) 561/2006 en relación con los descansos semanales? ¿Qué infracciones se han cometido? ¿Cometió alguna infracción en la jornada del 16 de abril? ¿Qué día debió solicitar, como muy tarde, la renovación de la tarjeta de conductor según la OM FOM/1190/2005?
- A A) Sí, no se ha cometido infracción alguna. B) No cometió ninguna infracción. C) El 10 de abril.
- B A) No, ha realizado descansos semanales reducidos consecutivos. B) Realizó una conducción superior a 4 horas y media sin intercalar las pausas reglamentarias. C) El 8 de abril.
- C A) No, ha realizado descansos semanales reducidos consecutivos. B) No cometió ninguna infracción. C) El 15 de abril.
- D A) Sí, no se ha cometido infracción alguna. B) No cometió ninguna infracción. C) El 12 de abril.
- E A) No, ha realizado descansos semanales reducidos consecutivos. B) Realizó una conducción superior a 4 horas y media sin intercalar las pausas reglamentarias. C) El 15 de abril.
- F A) Sí, no se ha cometido infracción alguna. B) Realizó una conducción superior a 4 horas y media sin intercalar las pausas reglamentarias. C) El 8 de abril. ✓
- G A) Sí, no se ha cometido infracción alguna. B) No cometió ninguna infracción. C) El 8 de abril.
- H A) No, ha realizado descansos semanales reducidos consecutivos. B) Realizó una conducción superior a 4 horas y media sin intercalar las pausas reglamentarias. C) El 10 de abril.
Respuesta correcta: F
A) Sí, no se ha cometido infracción alguna. B) Realizó una conducción superior a 4 horas y media sin intercalar las pausas reglamentarias. C) El 8 de abril.
Por qué (inicio)
En los descansos semanales no hay infracción, pero hay que sumar las horas que cada bloque arrastra de los días contiguos: los días 1 y 2 forman con el domingo anterior un descanso de 66 horas, el…
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Normativa: Reglamento comunitario (CE) 561/2006, art. 8; OM FOM/1190/2005, art. 6
Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.
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