Caso práctico · Derecho Social

Caso práctico 1C04069: El Sr. Gonzalo condujo, el mes de noviembre, el vehículo matrícula XXXX JTX cuya MMA es

Enunciado

El Sr. Gonzalo condujo, el mes de noviembre, el vehículo matrícula XXXX JTX cuya MMA es de 26 Tm. Durante dicho mes, el Sr. Gonzalo realizó los siguientes descansos superiores a 11 horas: -Lunes, 3 de noviembre: 24 horas. -Jueves, 6 de noviembre: 24 horas. -Domingo, 9 de noviembre: 24 horas. -Lunes, 10 de noviembre: 24 horas. -Sábado, 15 de noviembre: 24 horas. -Domingo, 23 de noviembre: 24 horas. -Sábado, 29 de noviembre: 24 horas. -Domingo, 30 de noviembre: 24 horas. En las jornadas comprendidas entre el 10 y el 16 de noviembre, ambas inclusive, efectuó una conducción total de 29 horas. El Sr. Gonzalo, cada vez que, durante su jornada laboral, realiza una pausa o descanso de más de una hora, durante el cual abandona el vehículo, extrae la tarjeta, realizando posteriormente las anotaciones manuales relativas al período de pausa o descanso realizado. RESPONDA A LAS SIGUIENTES CUESTIONES: ¿Qué infracciones ha cometido el Sr. Gonzalo durante el mes de noviembre, en relación con los descansos regulados en el R (CE) 561/2006? ¿Cuántas horas, como máximo, podía conducir el Sr. Gonzalo en la semana del 17 al 23 de noviembre? ¿Es correcta la actuación del Sr. Gonzalo cada vez que hace una pausa o descanso en el que abandona el vehículo?

  1. A A) Uno de los períodos de descanso semanal se ha iniciado después de transcurridas 144 horas (6x24 horas). B) Podía conducir 48 horas. C) No, el conductor no debe retirar la tarjeta de conductor antes de que finalice el período de trabajo diario.
  2. B A) Hay dos semanas consecutivas en las que se han realizado períodos de descanso semanales reducidos. B) Podía conducir 56 horas. C) La actuación del conductor es correcta y acorde con lo que establece la normativa.
  3. C A) Uno de los períodos de descanso semanal se ha iniciado después de transcurridas 144 horas (6x24 horas). Hay dos semanas consecutivas en las que se han realizado períodos de descanso semanales reducidos. B) Podía conducir 56 horas. C) No, el conductor no debe retirar la tarjeta de conductor antes de que finalice el período de trabajo diario.
  4. D A) Uno de los períodos de descanso semanal se ha iniciado después de transcurridas 144 horas (6x24 horas). Hay dos semanas consecutivas en las que se han realizado períodos de descanso semanales reducidos. B) Podía conducir 52 horas. C) La actuación del conductor es correcta y acorde con lo que establece la normativa.
  5. E A) Hay dos semanas consecutivas en las que se han realizado períodos de descanso semanales reducidos. B) Podía conducir 52 horas. C) La actuación del conductor es correcta y acorde con lo que establece la normativa.
  6. F A) Hay dos semanas consecutivas en las que se han realizado períodos de descanso semanales reducidos. B) Podía conducir 48 horas. C) La actuación del conductor es correcta y acorde con lo que establece la normativa.
  7. G A) Uno de los períodos de descanso semanal se ha iniciado después de transcurridas 144 horas (6x24 horas). B) Podía conducir 56 horas. C) No, el conductor no debe retirar la tarjeta de conductor antes de que finalice el período de trabajo diario. ✓
  8. H A) Uno de los períodos de descanso semanal se ha iniciado después de transcurridas 144 horas (6x24 horas). Hay dos semanas consecutivas en las que se han realizado períodos de descanso semanales reducidos. B) Podía conducir 48 horas. C) No, el conductor no debe retirar la tarjeta de conductor antes de que finalice el período de trabajo diario.

Respuesta correcta: G

A) Uno de los períodos de descanso semanal se ha iniciado después de transcurridas 144 horas (6x24 horas). B) Podía conducir 56 horas. C) No, el conductor no debe retirar la tarjeta de conductor antes de que finalice el período de trabajo diario.

Por qué (inicio)

La infracción del mes es de plazo: entre el final del descanso semanal del sábado 15, que termina el domingo 16, y el comienzo del siguiente, el del domingo 23, transcurren más de 144 horas, el…

La explicación completa de este caso formará parte de la versión de pago: 29 € una sola vez, sin suscripción ni renovación, acceso hasta que apruebes.

Normativa: Reglamento comunitario (CE) 561/2006, art. 6; Reglamento comunitario (UE) 165/2014, art. 8; Reglamento comunitario (UE) 165/2014, art. 34

Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.

Más casos de Derecho Social