Caso práctico · Derecho Fiscal

Caso práctico 1D04026: D. Justo del Real es titular de una empresa de transporte de mercancías por carretera

Enunciado

D. Justo del Real es titular de una empresa de transporte de mercancías por carretera, para el desempeño de la cual dispone de seis vehículos diésel en propiedad, que adquirió nuevos. Con la finalidad de modernizar su flota, D. Justo decide vender dos de ellos, los más antiguos, cuyos datos de adquisición, funcionamiento y venta son los siguientes: Precio de adquisición Tiempo en funcionamiento Precio de venta Vehículo 1 58.500 7 años y 3 meses 25.600 Vehículo 2 53.900 3 años y 5 meses 22.800 Los vehículos ahora vendidos se han venido amortizando todos los años al tipo máximo previsto en la tabla oficial, sin utilizar a estos efectos los incentivos fiscales del régimen especial de entidades de reducida dimensión previstos en la Ley del Impuesto sobre Sociedades. El Sr. del Real determina el rendimiento de su actividad empresarial, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por el método de estimación directa simplificada, en el cual la amortización de vehículos está sujeta a los siguientes parámetros: -Coeficiente lineal máximo: 16 % -Período máximo: 14 años. Calcule la ganancia o pérdida patrimonial derivada de esta operación por la que se deberá tributar.

  1. A Pérdida de 31.100 euros.
  2. B Ganancia de 28.996 euros.
  3. C Ganancia de 22.800 euros.
  4. D Ganancia de 25.600 euros.
  5. E Pérdida de 3.396 euros.
  6. F Ganancia de 48.400 euros.
  7. G Pérdida de 64.000 euros.
  8. H Ganancia de 23.965,33 euros. ✓

Respuesta correcta: H

Ganancia de 23.965,33 euros.

Por qué (inicio)

Ganancia de 23.965,33 euros. Al 16 % anual un vehículo queda amortizado en 6,25 años, así que el primero, con siete años y tres meses, tiene valor neto cero y toda la venta, 25.600 euros, es…

La explicación completa de este caso formará parte de la versión de pago: 29 € una sola vez, sin suscripción ni renovación, acceso hasta que apruebes.

Normativa: Ley 35/2006, art. 30; Ley 35/2006, art. 34; Ley 35/2006, art. 35

Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.

Más casos de Derecho Fiscal