Caso práctico · Derecho Fiscal

Caso práctico 1D04027: D. Federico Barbero es titular de una empresa de transporte de mercancías por carretera

Enunciado

D. Federico Barbero es titular de una empresa de transporte de mercancías por carretera, para el desempeño de la cual dispone de cuatro vehículos diésel en propiedad que adquirió nuevos. Tras cumplir 66 años, D. Federico decide jubilarse y vende los cuatro vehículos. Los datos de adquisición, funcionamiento y venta de los mismos son los siguientes: Precio de adquisición Tiempo en funcionamiento Precio de venta Vehículo 1 37.500 11 años y 5 meses 12.000 Vehículo 2 40.700 10 años 13.500 Vehículo 3 43.000 5 años y 6 meses 24.600 Vehículo 4 40.500 4 años y 8 meses 22.800 Los vehículos ahora vendidos se han venido amortizando todos los años al tipo mínimo contemplado en la tabla oficial. El Sr. Barbero determina el rendimiento de su actividad empresarial, a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por el método de estimación objetiva, en el cual la amortización de vehículos está sujeta a los siguientes parámetros: -Coeficiente lineal máximo: 25 % -Período máximo: 8 años. En ese mismo año, esta persona vende la que había sido hasta entonces su vivienda habitual, pues ha decidido instalarse en otra vivienda que venía utilizando para uso vacacional. La vivienda enajenada había sido comprada hace veinticinco años por el precio de 145.000 euros, impuestos y gastos incluidos, y ha sido vendida ahora por un importe neto de 320.000 euros. Calcule la ganancia o pérdida patrimonial total derivada de estas operaciones por la que se deberá tributar.

  1. A Pérdida de 36.100 euros.
  2. B Ganancia de 17.087,50 euros.
  3. C Ganancia de 21.462,5 euros.
  4. D Pérdida de 88.800 euros.
  5. E Ganancia de 42.587,50 euros. ✓
  6. F Ganancia de 217.587,500 euros.
  7. G Ganancia de 192.087,50 euros.
  8. H Ganancia de 86.200 euros.

Respuesta correcta: E

Ganancia de 42.587,50 euros.

Por qué (inicio)

Ganancia de 42.587,50 euros. Los dos vehículos de más de ocho años están totalmente amortizados al 12,5 % anual, así que toda la venta es ganancia (12.000 y 13.500). Del tercero quedan 13.437,50 de…

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Normativa: Ley 35/2006, art. 33; Ley 35/2006, art. 34; OM HAC/1425/2025, Anexo II

Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.

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