Caso práctico · Gestión Comercial y Financiera

Caso práctico 1E01026: El administrador único de la empresa FREX S.L., cuya actividad es el transporte de

Enunciado

El administrador único de la empresa FREX S.L., cuya actividad es el transporte de mercancías por carretera, para hacer frente a la solicitud de pago de un acreedor, decide utilizar un pagaré como medio de pago. El pagaré tiene los siguientes elementos: -El documento tiene el título de “PAGARÉ”. -Por error se han consignado, como cantidad a pagar, dos cifras diferentes, 2.600 € y 2.200 €. -Como lugar de pago se designa el domicilio social de FREX S.L. -La persona a la que debe hacerse el pago es Roberto Vélez Ruiz. -Fecha y lugar de firma del pagaré. -Firma de Rodrigo Tello Camino, administrador único de FREX S.L. Ante una situación de falta de recursos en tesorería para hacer frente a unos pagos, el Sr. Roberto Vélez Ruiz se plantea utilizar el “PAGARÉ” como medio de pago. Responda a las siguientes cuestiones: ¿Qué cantidad debe pagarse en base al documento? ¿Cuándo debe ser pagado? ¿Cómo puede utilizar el Sr. Roberto Vélez el pagaré como medio de pago?

  1. A A) La mayor, 2.600 €. B) Al no tener fecha de vencimiento, es pagadero a partir de un año desde la firma. C) Mediante el endoso del pagaré
  2. B A) La menor, 2.200 €. B) Al no tener fecha de vencimiento, es pagadero a partir de un mes desde la firma. C) Mediante la simple entrega del pagaré
  3. C A) Ninguna, el pagaré es nulo. B) Al no tener fecha de vencimiento, es pagadero a partir de un mes desde la firma. C) Mediante el endoso del pagaré
  4. D A) La mayor, 2.600 €. B) Al no tener fecha de vencimiento, es pagadero a la vista. C) Mediante la conversión en letra de cambio del pagaré.
  5. E A) Ninguna, el pagaré es nulo. B) Al no tener fecha de vencimiento, es pagadero a partir de un año desde la firma. C) Mediante la cesión ordinaria del pagaré
  6. F A) La menor, 2.200 €. B) Al no tener fecha de vencimiento, es pagadero a la vista. C) Mediante el endoso del pagaré ✓
  7. G A) La mayor, 2.600 €. B) Al no tener fecha de vencimiento, es pagadero a la vista. C) Mediante el endoso del pagaré
  8. H A) Ninguna, el pagaré es nulo. B) Al no tener fecha de vencimiento, es pagadero a la vista. C) Mediante la conversión en letra de cambio del pagaré.

Respuesta correcta: F

A) La menor, 2.200 €. B) Al no tener fecha de vencimiento, es pagadero a la vista. C) Mediante el endoso del pagaré

Por qué (inicio)

Figurando dos cantidades expresadas de la misma forma, prevalece la menor, 2.200 euros. La falta de fecha de vencimiento no invalida el pagaré: se considera pagadero a la vista, sin que existan…

La explicación completa de este caso formará parte de la versión de pago: 29 € una sola vez, sin suscripción ni renovación, acceso hasta que apruebes.

Normativa: Ley 19/1985, art. 94; Ley 19/1985, art. 95; Ley 19/1985, art. 96; Ley 19/1985, art. 7; Ley 19/1985, art. 17

Si el enunciado del banco oficial tiene una errata o la respuesta es discutible, la explicación lo señala y dice qué opción da por correcta el examen.

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